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Mudarse a EE. UU. o desde allí: la lista fiscal que nadie le da

Eric Newman, CPA3 min de lectura

Mudarse a EE. UU.

  • Determine su estatus de residencia. Si es residente en EE. UU., tributará sobre sus ingresos y activos en el extranjero. Como se explicó, la residencia es importante para determinar qué se gravará en EE. UU. También puede seguir teniendo obligaciones fiscales en el extranjero. Si se mudó desde un país con tratado fiscal, las reglas del tratado pueden usarse para aliviar la doble imposición. También puede tener doble estatus. En ese caso, el tratado tiene reglas de desempate.
  • Solicite los números fiscales y abra las cuentas necesarias. Solicite el SSN o el ITIN, abra cuentas bancarias y cree su cuenta en línea del IRS.
  • Haga una lista de todos sus activos y fuentes de ingresos en el mundo. Deberá clasificar el tipo de ingreso o activo de cada uno e identificar su fuente a efectos fiscales. Esto es necesario para determinar tasas de impuestos, montos de crédito y obligaciones de declaración. Incluya, entre otros, cuentas bancarias en el extranjero, inversiones, pensiones, negocios y propiedades de alquiler.
  • Presente el FBAR y FATCA, si corresponde. Además del FinCEN 114 y el Formulario 8938, también el Formulario 3520 para fideicomisos y donaciones del extranjero y el Formulario 8865 para sociedades extranjeras.
  • Consideraciones sobre impuestos estatales y locales. ¿Cuál es su estado de residencia? ¿Cuáles son los requisitos de declaración del estado? ¿Tiene ingresos o residencia en más de un estado?
  • Planificación antes de la llegada. Considere vender PFICs, revalorizar activos, revisar cuentas de jubilación en el extranjero y verificar los impuestos de salida en el otro país.

Mudarse desde EE. UU.

  • Presente sus impuestos de EE. UU. a tiempo. Sigue obligado a presentar la declaración federal y los impuestos estatales y locales aplicables. Hay una prórroga automática hasta el 15 de junio si está fuera del país el 15 de abril, y se puede solicitar otra prórroga hasta el 15 de octubre.
  • FBAR y FATCA. Vea arriba. Hágalo al presentar su declaración. El FBAR tiene una prórroga automática hasta el 15 de octubre.
  • Conozca su residencia fiscal. Si es residente en el otro país y sigue siendo ciudadano estadounidense, tendrá doble imposición, que querrá evitar mediante cualquier tratado fiscal disponible y la Exclusión de Ingresos Obtenidos en el Extranjero (Foreign Earned Income Exclusion).
  • Si obtiene ingresos en el extranjero, aplique la Exclusión de Ingresos Obtenidos en el Extranjero (Foreign Earned Income Exclusion). Se aplica a ingresos obtenidos fuera de EE. UU. Hay dos pruebas para calificar:
    • Residencia de buena fe (Bona Fide Residence): un año calendario completo en el extranjero. Ser residente de buena fe en otro país depende de los hechos de su situación y puede incluir factores como su intención o propósito de estar allí, sus actividades en ese país y si pagó impuestos allí, entre otros.
    • Prueba de Presencia Física (Physical Presence Test): 330 días en un período de 12 meses. Es una prueba más sencilla, pero requiere documentación que muestre los días dentro y fuera del otro país.
  • Si trabaja por cuenta propia, revise el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. La FEIE no se aplica al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. Seguirá debiendo ese impuesto (SE tax) a EE. UU., a menos que trabaje en un país con acuerdo de totalización. Si el otro país también tiene un impuesto de seguridad social, existe un proceso para evitar la doble imposición solicitando un certificado de cobertura a la agencia correspondiente de ese país. Luego adjunta una copia del certificado o declaración a su Formulario 1040 cada año en que esté exento del impuesto estadounidense sobre el trabajo por cuenta propia.
  • Si es necesario, termine su domicilio fiscal estatal. Esto aplica solo a California, Nuevo México, Carolina del Sur y Virginia, que tienen reglas de domicilio que exigen romper formalmente los vínculos. California, por ejemplo, es muy agresiva. Espere una auditoría. El tema central, sin embargo, es la conexión más cercana, según se define para el domicilio fiscal: qué vínculos conserva con California frente a sus vínculos con el nuevo país.
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